Tramitación de intervenciones profesionales

Con el objetivo de, por una parte cumplir los preceptos del RD 1000/2010, de 5 de agosto, sobre visado colegial obligatorio, reduciendo y haciendo más eficaz el actual sistema de visado, disminuyendo además los costes de los mismos y, por otra, vista la posibilidad de introducir cambios que agilicen los trámites, su eficacia y eficiencia, optimizando el procedimiento de tramitación de la documentación necesaria para la gestión de la intervenciones profesionales de los colegiados, el presente documento establece los requisitos para la simplificación y tramitación del visado/ registro, en lo que se refiere a la presentación de dicha documentación por parte de los usuarios.
TIPOS DE TRAMITACIÓN
El Real Decreto 1000/2010 permite la posibilidad de tramitar las intervenciones profesionales según dos tipos tramitación:
1. Visado: Este trámite requiere dos procesos diferentes dependiendo de la intervención y la documentación a visar:
- A: Direcciones de ejecución o direcciones de obra, Aprobaciones de plan de SyS y finales de obra: Se tramitan directamente desde el departamento de Visados.
- B: Proyectos; Estudios y Estudios básicos de Seguridad y Salud, Registros de Calidad y documentación derivada del Control de la obra; Informes; Certificados; Valoraciones y Tasaciones, etc.; Planes de autoprotección; Estudios de Gestión de Residuos; Mediciones y otros documentos para incorporar a proyectos de otro técnico; Certificaciones Energéticas, etc.: La documentación requiere la revisión previa y conformidad del Departamento del SIVA antes de su tramitación en el Departamento de Visados.
2. Registro: Este trámite se realiza de modo inmediato a la recepción y solo requiere la intervención del departamento de Visados.
Si desea conocer en qué consiste cada tipo de tramitación y qué opciones le ofrece consulte la información disponible en el apartado de Tramitación de intervenciones profesionales de la parte privada (Ejercicio Profesional).
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