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Golpes de calor: Paralización de los trabajos en el exterior

14 julio 2023

Como informábamos días atrás, el Real Decreto-Ley 4/2023 obliga a las empresas, en casos de avisos de nivel naranja o rojo por calor emitidos por la AEMET, a reducir o modificar la jornada de trabajo para evitar la exposición de los trabajadores a las altas temperaturas, si las medidas preventivas para prevenir el riesgo de golpe de calor no son suficientes.

En aplicación de esta disposición, la Inspección de Trabajo y Seguridad Social ya ha procedido a ordenar la paralización de trabajos de construcción al aire libre durante episodios de altas temperaturas con alerta naranja y roja declaradas por la Agencia Estatal de Meteorología.

Ante estas situaciones, recomendamos a los Coordinadores de Seguridad y Salud durante la ejecución de las obras que:
1.    Ante avisos de la Agencia Estatal de Meteorología por altas temperaturas con alerta naranja o roja, se ordenará la no realización de trabajos de construcción en el exterior.
2.    Al aprobar el Plan de Seguridad y Salud, verifiquen que el riesgo de golpe de calor está contemplado en el Plan de Seguridad y Salud, que hay unas medidas preventivas previstas y que estas son suficientes. Es necesario que los trabajadores dispongan de agua potable a una temperatura adecuada durante toda la jornada laboral, que se adopten medidas organizativas concretas para minimizar la exposición a las altas temperaturas, y que exista un espacio habilitado a la sombra, preferentemente climatizado, donde los trabajadores puedan realizar descansos. 
3.    En el supuesto de obras en marcha en las que los Planes de Seguridad y Salud ya estén aprobados, es conveniente revisarlos y, en caso de no incluir un apartado dedicado al golpe de calor, se debe requerir al contratista la elaboración de un Anexo al Plan Seguridad que recoja lo indicado anteriormente, sometiendo a aprobación ese Anexo al Plan.
4.    En caso de detectarse incumplimientos de las medidas previstas en el Plan de Seguridad y Salud para prevenir el riesgo de golpe de calor, el Coordinador de Seguridad y Salud debe advertir de ello al contratista a través del Libro de Incidencias, recordando que, en caso de reiteración, se debe comunicar a la Inspección de Trabajo el incumplimiento en un plazo de 24 horas.